Descubre cómo puede afectar la prórroga para los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) a la formación de tus equipos.
En Aquora trabajamos para ofrecerte soluciones reales y adaptadas a la actualidad empresarial. Por eso, te acercamos toda la información relativa a la prórroga para los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) que entrerá en vigor el 1 de noviembre de 2021.
“El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado esta semana el real decreto que recoge las nuevas condiciones de la prórroga para los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) que entrarán en vigor desde el 1 de noviembre al 28 de febrero de 2022.
Para la obtención de las exenciones en la cotización a la Seguridad Social, las empresas tendrán que desarrollar acciones formativas para cada una de las personas afectadas por el ERTE entre el 1 de noviembre de 2021 y el 28 de febrero de 2022.
El plazo para la prestación efectiva de las acciones formativas finalizará el 30 de junio de 2022.
Tipo de formación a implantar:
El número mínimo de horas de formación que debe realizar cada persona trabajadora se establece en función del tamaño de la empresa:
- De 10 a 49 personas trabajadoras: 30 horas.
- De 50 o más: 40 horas.
Estas acciones formativas deberán desarrollarse durante la aplicación de la reducción de jornada o suspensión del contrato.
Crédito formativo:
Las empresas que formen a personas afectadas por ERTE tendrán derecho a un incremento de crédito para la financiación de acciones en el ámbito de la formación programada/bonificada de la cantidad que se indica a continuación, en función del tamaño de la empresa:
- De 1 a 9 personas trabajadoras: 425 euros por persona.
- De 10 a 49 personas trabajadoras: 400 euros por persona.
- De 50 o más personas: 320 euros por persona.
Los beneficios para las empresas en materia de cotización de los expedientes de regulación temporal de empleo quedarían resumidos de la siguiente forma:
- Empresas de más de 10 trabajadores: 80% si imparten formación a los trabajadores y 40% en el resto de casos.
- Empresas de menos de 10 trabajadores: 80% si imparten formación y 50% en el resto de los casos.”
IMPORTANTE
Las empresas que quieran prorrogar sus expedientes vigentes a fecha de 30 de septiembre de 2021, deberán presentar ante la autoridad laboral que autorizó o tramitó el expediente correspondiente, entre el 1 y el 15 de octubre de 2021.”